Madrid, 31 de mayo de 2017.– Teniendo en cuenta la publicación, a finales de marzo en el DOUE del Reglamento Europeo (UE)2017/542 sobre la Armonización de la información a presentar a los Centro Antiveneno (en el caso de España, al INTCF) según el artículo 45 del Reglamento CLP, el Ministerio de Justicia ha publicado una Orden Ministerial que deroga la Orden JUS/836/2013 anterior para la notificación de mezclas al Instituto Español de Toxicología, organismo designado por las autoridades españolas para cumplir con el artículo 45 del Reglamento CLP y en el futuro con el Anexo VIII de dicho Reglamento. Esta nueva Orden Ministerial recoge una ampliación del plazo de transición de la notificiación de mezclas comercializadas para uso industrial del 1 de junio de 2017 al 1 de enero de 2024.
El objetivo de esta Orden es homogeneizar, en la medida de lo posible, la legislación nacional a los requisitos armonizados fijados en la Unión Europea.
Debido a los procedimientos y trámites legislativos, esta nueva Orden Ministerial no podrá publicarse en plazo, antes del 1 de junio, fecha en que finalizaba el último plazo transitorio especificado en la Orden JUS/992/2015. Aunque la nueva Orden se publicará pasado el 1 de junio, contiene una disposición transitoria segunda de aplicación con carácter retroactivo en lo que se refiere a la ampliación del plazo transitorio en la notificación de las mezclas peligrosas afectadas de uso industrial.
Se puede consultar la propuesta de la Orden Ministerial en: http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/actividad-legislativa/normativa/proyectos-real-decreto