El Tribunal Supremo dicta sentencia desestimando la impugnación del XVII Convenio General de la Industria Química por parte del subsector de Transformación de Plásticos
Madrid, 3 de febrero de 2016 – El Tribunal Supremo ha dictado sentencia por la que confirma que el subsector de Transformación de Plásticos no puede desvincularse unilateralmente de la aplicación del Convenio General de la Industria Química (CGIQ), en cuyo ámbito funcional llevaba incluido más de 30 años.
De este modo, tanto la Audiencia Nacional como el Tribunal Supremo desestiman la demanda de la Asociación Española de Industriales de Plásticos (ANAIP) entendiendo que el subsector de la Transformación de Plásticos no puede plantear su secesión unilateral del ámbito funcional del CGIQ, considerando válida la legitimación de FEIQUE para seguir incluyendo a este subsector dentro de su ámbito funcional.
El CGIQ es uno de los principales convenios colectivos de ámbito estatal de nuestro país y afecta a unos 200.000 trabajadores y 2.000 empresas.